jueves, 4 de septiembre de 2008

Definen trámites a cargo del Renap


Sede central del Renap

A partir de hoy, los ciudadanos deberán efectuar al menos 17 trámites en el Registro Nacional de Personas (Renap), como inscripciones de matrimonios y de nacimientos, porque entró en vigor el reglamento que sustituye las funciones que antaño desempeñaban las municipalidades.

La normativa, que se publicó ayer en el diario oficial, describe todos los pasos para inscribir nacimientos, reconocimientos y matrimonios y para las demás atribuciones que anteriormente tenían los registros civiles municipales, ahora a cargo del Renap.

La modalidad involucra todos los actos que puedan modificar el estado civil y la capacidad civil de las personas. Las inscripciones extemporáneas de los recién nacidos están sujetas a otros requisitos, como registrar a los niños solo en las sedes ubicadas en el lugar donde ocurrió el nacimiento o de residencia del infante.

Si el niño está en edad escolar y no fue inscrito cuando nació, los solicitantes del trámite deberán adjuntar partidas de bautismo o certificados de matrículas escolares con detalle de grados cursados, entre otros datos, más una declaración jurada de dos ciudadanos.

Se llevará control de médicos y de comadronas, a fin de certificar los nacimientos, y se faculta a los hospitales públicos para inscribir, de oficio, cada alumbramiento, en las sedes auxiliares del Renap en esas instalaciones (cuando las hubiere).

El reglamento publicado regula la forma en que los nuevos registros civiles desarrollarán sus actividades y los servicios que les corresponde brindar a los ciudadanos cuando éstos efectúen trámites.

Las autoridades del Renap divulgarán el contenido de ese acuerdo en todas las sedes y dependencias de la entidad.

Se crea la figura del registrador civil, quien se encargará de velar por la excelencia del servicio que se brinda a los ciudadanos que acudan a esas instalaciones, y representará al Renap en los actos oficiales de las comunidades cuando se requiera de su presencia.

Toda la información que quede consignada en los registros civiles deberá ser resguardada en formatos electrónicos, y los documentos se conservarán en un archivo digital.

Enrique Cossich, director ejecutivo del Renap, afirmó que aún persisten dudas entre quienes acuden a efectuar trámites en esa entidad, por lo que esperan, con la divulgación del contenido del nuevo reglamento, resolver inquietudes de la población.

Comentó que es un proceso metódico. Cada día, más de algún ciudadano debe regresar a las municipalidades, por algún trámite, y luego al Renap, o viceversa.

Se resisten
El Renap ya funciona en 204 municipios, y ha suscrito convenios en 32, para abrir sus oficinas. Varios son los alcaldes que aún se resisten a ceder sus registros civiles, pese a que la ley los obliga.

Esta tendencia se observa en algunos lugares de occidente, cuyos alcaldes se han quejado de que trasladar toda la información hacia el Renap tardaría unos tres años.

En Totonicapán, los alcaldes aseguran que no tienen certeza sobre la forma en que se emitirá el Documento Personal de Identificación (DPI), y se resisten a permitir el ingreso de las oficinas del Renap.

El presidente Álvaro Colom refirió ayer, durante su gira por ese departamento, que los alcaldes lo habían puesto al tanto de sus inconformidades. Describió que éstos temen que no se les consulte sobre el precio del DPI.

Expuso: “Me uno a los alcaldes, para que ese tipo de costos estén contemplados dentro de un reglamento de la ley”. Por ahora no se ha especificado cuánto costará el DPI, que sustituirá a la cédula de vecindad.

Valentín Gramajo, de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, dijo que las comunas que aún retienen los registros civiles deben entregar todo al Renap antes del 30 de septiembre.

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